Disposición de más del 50% de la CTS
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Disposición de más del 50% de la CTS
Estimados amigos:
En relación a la pregunta: ¿Puede un trabajador disponer de más del 50% de los depósitos de su CTS?
En principio el trabajador sólo podrá disponer del 50% de los depósitos de la CTS, así como sus intereses mientras subsista el vínculo laboral.
Existen 2 supuestos mediante los cuales el trabajador podrá disponer de más del 50% de su CTS:
-Cuando cesa el vínculo laboral
-Cuando el trabajador decida adquirir, construir, mejorar su vivienda o adquirir la misma.
Cordiales saludos,
Graciela B.
En relación a la pregunta: ¿Puede un trabajador disponer de más del 50% de los depósitos de su CTS?
En principio el trabajador sólo podrá disponer del 50% de los depósitos de la CTS, así como sus intereses mientras subsista el vínculo laboral.
Existen 2 supuestos mediante los cuales el trabajador podrá disponer de más del 50% de su CTS:
-Cuando cesa el vínculo laboral
-Cuando el trabajador decida adquirir, construir, mejorar su vivienda o adquirir la misma.
Cordiales saludos,
Graciela B.
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